Por demanda de la víctima, condenaron al club Taborin, a la Unión Cordobesa y a la Unión Argentina de Rugby.
La Justicia de la ciudad de Córdoba ordenó pagar una indemnización de más de un millón de pesos, a favor de un joven jugador de rugby que quedó cuadripléjico hace 11 años por las lesiones que le causó su participación en un scrum.
El fallo consideró responsables de todos los daños al Taborin Rugby Club, para el que jugaba la víctima, y a las entidades Unión Cordobesa y Unión Argentina de Rugby por haber permitido la inclusión del joven jugador en el puesto de hooker o pilar central, cuando reglamentariamente no debió ser incluido en esa posición.
La sentencia que fue apelada y por lo tanto será revisada por una cámara civil fue dictada por la jueza de Primera Instancia y 10ª Nominación, Graciela Moreno de Ugarte, en la demanda planteada por los padres de José Guillermo Bustamante Sierra.
El caso
Según los antecedentes del caso, el joven jugaba en categoría Menores de 17 en el Taborin Rugby Club, cuando el 3 de setiembre de 1994 fue convocado para participar de un partido, en contra del equipo de Tala RC, en el marco de un torneo organizado por la Unión Cordobesa de Rugby.
En esa oportunidad, siendo local Taborin, cuando los jugadores del club llegaron al predio de camino San Carlos, los entrenadores Pablo Delgado y Javier Yamal les informaron que faltaban cinco o seis miembros del plantel, lo que hacía peligrar la realización del partido y, consecuentemente, perderían los puntos.
La solución que habrían propuesto los responsables técnicos era que el equipo se conformara con los jugadores presentes, lo que así ocurrió finalmente.
En el caso de José Guillermo Bustamante, por indicación de los entrenadores ingresó al juego como hooker o pilar centro, puesto que no había ocupado antes, ya que habitualmente se desempeñaba como tercera línea (octavo).
El árbitro designado para el encuentro, Domingo Beazutti, no objetó la inclusión del joven en ese puesto, a pesar de que tenía facultades y deberes reglamentarios estrictos, precisamente con respecto a las posiciones de mayor riesgo.
Así fue que, en el transcurso del juego, se realizó un scrum, que es una formación integrada por ocho jugadores por cada equipo, efectuada alrededor del hooker que, a su vez, se apoya sobre los respectivos pilares de cada lado, derecho e izquierdo, conformando así la llamada primera línea.
En esa formación, así estructurada, el hooker es el que debe soportar el empuje tanto de los jugadores del equipo rival, cuanto de sus propios compañeros.
En tales circunstancias ocurrió que el joven sufrió una fuerte presión que lo derribó al suelo, advirtiéndose que había resultado con traumatismo cervical, con consecuencias cuadripléjicas.
Demanda judicial
La demanda fue dirigida en contra del club Taborin, de la Unión Cordobesa de Rugby y también contra la Unión Argentina de Rugby, atribuyéndole a cada entidad distintos grados de responsabilidad en las consecuencias sufridas por el joven jugador.
Después de un largo proceso judicial, con diversas incidencias que demoraron su trámite, se llegó finalmente a la sentencia de la jueza Moreno de Ugarte, que hizo lugar a la acción en contra de las tres entidades demandadas, ordenando abonar a favor del joven la suma de 1.342.190 pesos, que se incrementará sustancialmente si se le añaden los intereses y las costas del juicio.
No obstante, su determinación final queda supeditada a lo que resuelva la Cámara 1ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial, a donde se traslada ahora la discusión del asunto.
En los fundamentos de la sentencia, la jueza analizó extensamente cada uno de los puntos en discusión, entre ellos la situación de las entidades demandadas, a las que adjudica responsabilidad por su condición de principales o patrones de los dependientes, en este caso los entrenadores y el árbitro del partido.
Reglamento violado
Una de las cuestiones dilucidadas en el fallo, de acuerdo con la prueba aportada por las partes en conflicto entre ella los testimonios de especialistas en rugby, fue la comprobación de que se violó la reglamentación vigente para esa actividad deportiva, que prevé los casos en que un equipo no cuente con sus jugadores titulares de primera línea, es decir los pilares laterales y el central, o hooker.
Según el reglamento, si se da esa situación y no hay reemplazantes de los titulares, debidamente preparados para esas tres posiciones de fuerza, el árbitro debe ordenar un scrum no disputable o simulado, donde no hay disputa de pelota y ninguno de los equipos puede empujar.
Al señalar que dado el rol fundamental que tiene en el scrum, el hooker debe tener una preparación física y técnica adecuada, la jueza destacó que en este caso se acreditó que el joven jugador no se encontraba adecuadamente preparado física y técnicamente para ese puesto, por lo que la actuación de entrenadores y árbitro fue absolutamente imprudente y negligente.
Fuente: La Voz del Interior – Por José Ángel Villalba
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http://www.lavozdelinterior.com.ar/2005/0714/sucesos/nota342363_1.htm